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fármacos han estado en vigor hasta la

primera mitad de la presente década.

Expirados estos títulos de protección,

España se cuenta entre los países

con protección total de la innovación

farmacéutica mediante patente

de producto y, en consecuencia,

los competidores genéricos y

biosimilares deben esperar a la

extinción del período de protección

para su entrada en el mercado.

En algunos casos, basta con que

finalice el período de protección de

datos clínicos (8+2+1 años) pero es

más frecuente la situación contraria:

protección otorgada por las patentes

sobre innovaciones farmacológicas

se extiende más allá de los períodos

de protección de datos previstos en

el marco regulatorio de la UE.

La urgencia en la autorización de

nuevos medicamentos produce, ante

todo, que los mismos puedan llegar

al mercado con una baja carga de

conocimiento clínico, lo que supone

una dificultad para las autoridades

responsables de la financiación de

la prestación farmacéutica, pero

adicionalmente conlleva largos

períodos de vigencia del privilegio

protector derivado de la patente

durante el que no puede producirse

competencia de medicamentos

genéricos o biosimilares. Es decir, el

marco ultra-protector y de extensión

de privilegios que dimanan de la

entrada en vigor del Reglamento

729/2004 de la UE, aun manteniendo

el esquema de protección de datos

clínicos, ha quedado superado por la

extensión de las patentes más allá de

dicho marco temporal.

La extensión de los períodos de

protección conlleva tensiones

financieras adicionales para los SNS,

y el español no constituye excepción.

Los nuevos fármacos se mantienen

mucho tiempo en el mercado a

precios muy elevados y la entrada

de la competencia de genéricos y

biosimilares está pospuesta por el

efecto combinado de la aceleración

en los procedimientos de autorización

y el mantenimiento de los períodos

de vigencia de las patentes.

En este contexto, el rol de los

medicamentos genéricos y

biosimilares cobra importancia capital

como factor de ahorro y, por tanto,

de sostenibilidad. Sin la competencia

por precio que introducen los

medicamentos genéricos y

biosimilares, los reguladores de precio

y financiación de medicamentos

tendrían que luchar cada día para

forzar bajadas de precios de los

principales medicamentos en lo

que a coste se refiere. Como se ha

podido constatar, la entrada de

competidores es el principal factor

corrector en la segunda década

del siglo XXI haciendo posible que

los SNS reasignen recursos que,

inexcusablemente, se dedican a

pagar los nuevos fármacos de

reciente introducción.

El desarrollo de medicamentos

genéricos se ha optimizado desde

finales del siglo XX merced sobre

todo a los cambios regulatorios

introducidos desde la ICH y que

hoy figuran en todos los marcos

reguladores. La exoneración de

las pruebas clínicas es, sin duda,

aspecto determinante para el referido

proceso de optimización pero, si se

toman en consideración los nuevos

artificios tecnológicos y la creciente

complejidad de una buena parte

de las innovaciones de fármacos

con estructura química, se concluye

que esta situación podría cambiar

““

Es la primera vez que disminuye el

porcentaje de envases de medicamentos

genéricos dispensados con cargo al SNS

en España.