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competir en los primeros meses de
lanzamiento de los nuevos productos,
aumentando los tiempos de retorno
de la inversión.
En el escenario previo a la entrada en
vigor del Real Decreto-ley 9/2011, el
precio del medicamento innovador se
mantenía por encima del genérico, y
la cuota de éste descendía de forma
rápida debido a la diferenciación
por precio del genérico y un mayor
descuento del mayorista a los
canales de distribución. De este
modo, la cuota de mercado del
genérico aumentaba rápidamente,
lo que posibilitaba una contención
del precio compensada por el
crecimiento rápido de los volúmenes
de producción.
En el escenario posterior al Real
Decreto-ley 9/2011, el precio del
medicamento innovador se iguala
automáticamente al del genérico
tras la pérdida de la patente. La
cuota de mercado del genérico
crece lentamente al entrar en un
mercado saturado por los fármacos
de marca y donde es inexistente la
diferenciación por precio.
Esta dificultad por parte de los
fabricantes de medicamentos
genéricos para ganar cuota de
mercado tras el lanzamiento está
produciendo un impacto altamente
perjudicial para la industria de
los genéricos en España, que ve
incrementado su riesgo de inversión
en el registro y desarrollo de nuevos
medicamentos al reducirse las
estrategias competitivas para operar
en el mercado. En un último caso, se
impide la función del medicamento
genérico como elemento regulador
del gasto farmacéutico, alargando
posiciones monopolísticas de
determinados laboratorios.
Tanto la equiparación del precio
del genérico y la marca como
la igualación de los descuentos
de la distribución farmacéutica
(entre otros factores), han
situado al sector en una posición
comprometida en términos de
crecimiento y sostenibilidad,
especialmente al tratarse de
una industria que fundamenta
su negocio en las economías
de escala como forma de
competitividad.